APOYO NACIONAL E INTERNACIONAL PARA SANCION DE LEY DEL PUEBLO AFROECUATORIANO
 
   Compañeros, El congreso, luego de más de 8 años, y de tres intentos fallidos, lográ aprobar la ley de derechos colectivos del pueblo afroecuatoriano. Fue el resultado exitoso del esfuerzo de las organizaciones, el diputado Rafale Erazo y sus colaboradores más cercanos. Ahora el Presidente Alfredo Palacios tiene un mes para su sanción.
Requerimos su solidaridad, apoyo y colaboración nacional e internacional para que el Presidente Palacios, apruebe y sancione la ley sin restricción alguna, sin más recortes -que los que sufrió durante el debate legislativo. Básicamente se requieren varias cosas: Divulgación masiva de la noticia, busqueda de apoyo internacional y envio de correos a la presidencia solicitando la honorabilidad del presidente para su sanción sin objeción.
Abajo encontraran la noticia extraída de los medios electrónicos.
Saludos ancestrales
jhon antón
     
TOMADO DE ECUADOR INMEDIATO
  
 
  
Fecha:  2006-03-30 16:59:54
Congreso aprueba ley en beneficio de los pueblos afroecuatorianos
Proyecto auspiciado por legislador Rafael Erazo fue aprobado en segundo debate
              
  
  
  
  

El Congreso Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de Ley de los Derechos Colectivos de los Pueblos Negros o Afroecuatorianos, auspiciado por el legislador Rafael Erazo (MPD) y tiene como objetivo principal asegurarar el ejercicio de las garantías constitucionales de este sector, incorporándolos en el contexto de desarrollo económico, social, cultural y político, con reconocimiento pleno para lograr la igualdad de oportunidades.

Determina que los pueblos negros, además
de los derechos colectivos, serán titulares de los derechos reconocidos para todos los ecuatorianos en la Constitución, en los instrumentos internacionales vigentes y en otras normas legales.

Según este cuerpo legal, es obligación del Estado reconocer los derechos económicos, sociales, culturales y políticos de las comunidades afroecuatorianas urbanas, así como elaborar y desarrollar programas destinados a este sector, para la dotación de un sistema de salud, educación, vivienda, electricidad, agua potable, medidas de control del medio ambiente, promoviendo la igualdad de oportunidades en el empleo. Dichas comunas podrán organizarse jurídicamente.

Respecto del manejo de la biodiversidad, determina que la participación en la utilización, administración y conservación por parte de los afroecuatorianos será en beneficio colectivo; el Estado garantizará la conservación y promoción de prácticas tradicionales sobre el manejo y uso de su entorno natural en estas
comunidades.

Las tierras comunitarias que sean tituladas a los pueblos negros tendrán la obligación de observar las normas sobre la conservación, protección y utilización de los recursos renovables, para lo cual el Estado apoyará con la elaboración de planes de manejo ambiental, de ordenamiento territorial y etnodesarrollo.

Los pueblos y comunidades afroecuatorianas serán consultados sobre planes y programas de prospección y explotación de los recursos naturales no renovables que se hallen en su territorio, cuando pudieren ser afectados ambiental o culturalmente en su ejecución. De ser posible participarán en los beneficios que estos proyectos reporten.

El gobierno nacional, a través de de las instituciones competentes de desarrollo nacional o regional, coordinarán con los organismos respectivos las políticas públicas afroecuatorianas, la inversión social, los procesos de capacitación, identificación, formulación, ejecución y evaluación de
proyectos, planes y programas sociales, económicos y etnoculturales, así como también el fortalecimiento de sus procesos organizativos.

Se crea el Consejo Nacional de Desarrollo Afroecuatoriano (CONDAE), como organismo de carácter público, con autonomía administrativa y financiera a cuyo cargo estará dictar políticas y estrategias tendentes a fortalecer su desarrollo, a fin de ampliar y mejorar los derechos de este sector social. Promoverá la organización e integración de las comunidades; desarrollará planes, programas y proyectos de capacitación; gestionará la asignación de recursos; y aprobará o reformará el reglamento interno para su funcionamiento (congreso.gov.ec)