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VICTOR TOLEDO LLANCAQUEO
Centro de Políticas Públicas y Derechos Indígenas
VALDIVIA 2 DE SEPTIMEBRE 2006
“DERECHOS TERRITORIALES”
- Derechos culturales: identidad cultural.
- Derechos políticos: jurisdicción, control, autogestión.
- Derechos propietarios, uso y acceso: tierras, recursos naturales, conocimientos.
Son:
- derechos humanos
- colectivos
Artículo 25 Declaración de Naciones Unidas, aprobada el 29 de junio 2006:
“Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades que a ese propósito les incumben respecto de las generaciones venideras.”
Artículo 26 Declaración de Naciones Unidas, aprobada el 29 de junio 2006:
“Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como a los que hayan adquirido de otra forma.”
“Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate.”
Concepto territorial mapuche
FRACCIONAMIENTO LEGAL CHILENO - Propiedad, acceso, uso
Unidad de los elementos:
tierra, subsuelo, aguas, bosques, riberas, biodiversidad, patrimonio cultural, conocimientos
CODELCO EN LA BARRA DEL TOLTEN
Pedimentos mineros de la empresa estatal comprometen tierras mapuches
- TLC Chile – EEUU implica nueva reforma de regimenes legales de RRNN.
- TLC Chile – Corea Singapur
- TLC Chile- China
- TLC Chile - India
Informe del Relator Stavenhagen
RECOMENDACIÓN Nº 59:
- “Deberá ser revisada la legislación sectorial (tierras, aguas, minas etc.) cuyo contenido pueda entrar en contradicción con lo dispuesto en la Ley Indígena, y deberá primar el principio de la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas por encima de intereses comerciales y económicos particulares.”
PROPIEDAD MINERA Y GRANDES OBRAS
EL CASO DEL DUCTO DE CELCO
Situación a Abril de 2006:
- CONCESIONES ENTRE ARAUCO Y Chiloé
- concesiones mineras de exploración: 72.700 hectáreas
- Concesiones de explotación: 186.516 hectáreas.
- 144 concesiones comprometen los predios de 104 comunidades mapuches y huilliches.
¿y las tierras mapuche?
¿Conflicto entre ley Indígena y Código Minero?
ART. 13 LEY 19253
“Las tierras a que se refiere el artículo precedente, por exigirlo el interés nacional, gozarán de la protección de esta ley y no podrán ser enajenadas, embargadas, gravadas, ni adquiridas por prescripción, salvo entre comunidades o personas de una misma etnia.
“No obstante, se permitirá gravarlas, previa autorización de la Corporación. Este gravamen no podrá comprender la casa-habitación de la familia indígena y el terreno necesario para su subsistencia.
LAS COCESIONES QUE COMPROMETEN TIERRAS INDIGENAS
- Requieren autorización de la CONADI.
- La autorización de CONADI requiere la consulta previa, escuchar y considerar la opinión de las comunidades y propietarios indígenas afectados.
- Las servidumbres no pueden comprender la casa-habitación de la familia indígena y el terreno necesario para su subsistencia
- Las servidumbres y faenas mineras no pueden afectar la integridad ecológica de las tierras indígenas.
- Adicionalmente, en el caso de Manto Rojo en el Lleu LLeu, al ser concesiones aledañas a un lago de uso público, las servidumbres y faenas mineras requieren la autorización expresa y fundada del Gobernador Provincial (Art. 17 Código Minero).
Informe del Relator Stavenhagen
RECOMENDACIÓN Nº 59:
- “Deberá ser revisada la legislación sectorial (tierras, aguas, minas etc.) cuyo contenido pueda entrar en contradicción con lo dispuesto en la Ley Indígena, y deberá primar el principio de la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas por encima de intereses comerciales y económicos particulares.”
(Algunas tablas y fotos omitidas de la presentación)
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